La ANDB (Asociación Nacional de Directores de Banda) ya tiene su nueva web:
¡Descúbrela y Asóciate!
(*) Cuotas anuales de membresía:
Membresía Individual: 50€
Membresía Estudiantil: 25€ (Membresía Estudiantil sólo está disponible para los estudiantes de hasta 25 años de edad)
Membresía de Socio Protector: 150€ (Para instituciones, empresas,…)
Membresía Vitalicia: Socio de Honor (Membresía Vitalicia será gratuita y estará a disposición de los miembros que han participado activamente en la Asociación por un período no menor de cinco años, y que tengan 65 años de edad o más. Membresía Vitalicia incluye todos los derechos y privilegios de la Asociación.
(*) Se considera cuota anual al año natural, no al período de un año a contar desde el día en que el socio se da de alta en la ANDB.
DERECHOS Y PRIVILEGIOS DE LOS SOCIOS:
1.- Asistir a las reuniones de la Asamblea General, con derecho de voz y voto.
2.- Elegir y/o ser elegidos para puestos de representación o ejercicio de cargos directivos.
3.- Ejercer la representación que se le confiera en cada caso.
4.- Intervenir en el gobierno y en las gestiones, como también en los servicios y actividades de la Asociación, de acuerdo con las normas legales y estatutarias.
5.- Exponer en la Asamblea y en la Junta Directiva todo lo que considere que puede contribuir a hacer más eficaz la reacción de los objetivos sociales básicos.
6.- Solicitar y obtener explicaciones sobre la administración y la gestión de la Junta Directiva o de los mandatarios de la Asociación.
7.- Recibir información sobre las actividades de la Asociación.
8.- Hacer uso de los servicios comunes que estén a disposición de la Asociación.
9.- Formar parte de los grupos de trabajo.
10) Recibir anualmente y de forma gratuita una publicación editada por la ANDB.
11) Tener acceso en nuestra web a un apartado exclusivo para socios, donde se podrá beneficiar de información sobre ofertas de empleo, cursos, partituras, ejercicios, programas de intercambio…
12) Poder participar en el programa anual de intercambio de directores/bandas de la ANDB.
13) Poder participar como autor o co-autor en las publicaciones de la ANDB.
14) Ser beneficiario de los convenios firmados que tiene la ANDB con diversas empresas (editoriales, asesoramiento y defensa jurídica,…)
DEBERES DE LOS SOCIOS:
Artículo 8.- Los deberes de los miembros de la Asociación son:
1 . – Ajustar su actuación a las normas estatutarias.
2.- Cumplir los acuerdos de la Asamblea General y las normas que establezca la Junta Directiva para llevar a cabo estos acuerdos.
3.- Satisfacer puntualmente las cuotas que se establezcan.
4. – Prestar la colaboración necesaria para el buen funcionamiento de la Asociación.
CAUSAS DE BAJA:
Artículo 9.- Son causa de baja en la Asociación:
1.- La propia voluntad del interesado, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
2.- No satisfacer las cuotas fijadas. (Cuotas anuales)
3. – No cumplir las obligaciones estatutarias.